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Cumplir el contrato, una urgencia de la economía cubana

Ana Ivis Galán García

La Habana, 24 may (AIN) Para el licenciado Daniel D. Soler, juez del Tribunal Provincial Popular de Granma, el contrato es como la columna vertebral de la economía, una brújula que permite medir el cumplimiento del plan desde el punto de vista jurídico.

Al respecto abundó durante la exposición de su ponencia “Necesaria actualización e integración en el régimen contractual frente al reordenamiento de la economía nacional”, en el VI Encuentro Internacional Justicia y Derecho 2012, que sesiona en el Palacio de Convenciones de La Habana.

El especialista reconoció que ese es un asunto polémico, no solo por las realidades que obstaculizan su cumplimiento, sino también por la dispersión legislativa y la obsolescencia de las normas que regulan el tema.

Señaló que, como institución jurídica, el contrato constituye el instrumento esencial de dirección de la economía, lo que justifica la atención que se le presta, al implicar un acuerdo de voluntades del que surgen derechos y obligaciones, usando siempre como referente al plan.

Entre las dificultades apreciadas en la práctica judicial a la hora de concertar esos acuerdos, Soler señaló básicamente las encontradas en el contrato único de compraventas de productos agropecuarios, suministro y prestación de servicios entre la empresa agropecuaria y las bases productivas.

También mencionó la limitación de la vigente Ley 95 de las Cooperativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios, que deja en estado de indefensión a los productores.

En ese sentido, consideró que esos contratos son formales para las complejas relaciones que regulan, lo cual demuestra -dijo- la necesidad de profundizar en la institución jurídica de la integración contractual, como una necesidad frente a la actualización de la economía nacional.

Se refirió al profundo análisis que se ha hecho del Lineamiento 10 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, que llama a rescatar la disciplina en la contratación, y recordó que a la hora de velar por su cumplimiento, hay que tener en cuenta la intención de las partes, la naturaleza y finalidad del contrato, la buena fe, la lealtad y el sentido común.

Reconoció Soler que la normativa vigente sobre la contratación data ya de más 30 años y -conforme a su contenido- no soporta las exigencias del actual proceso de reordenamiento económico del país.

Es necesario entonces, afirmó, la urgente aprobación de los proyectos relacionados con el tema y su inmediata promulgación y divulgación.

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